Las Nuevas Tecnologías constituyen un medio indispensable para desarrollar y extender un negocio online con éxito, pues ofrecen numerosas ventajas de comodidad y comunicación por vía electrónica, mayor cercanía y fidelización con el cliente y reducción de costes con distribuidores. Tanto es así, que cualquier negocio que desee un futuro fructífero se ve en la obligación de extender su mercado a través de Internet con el fin de crear una mayor competencia en el mercado y llegar al máximo número de clientes potenciales.
La expansión de su carácter innovador y potenciación ha llegado incluso a reflejarse en los negocios del tráfico de drogas. Las organizaciones de narcotraficantes o el vendedor ocasional se sirven de las distintas formas de comunicación que exiten en la Red (correos electrónicos, redes sociales, foros de opinión o mensajería instantánea) para explotar y desarrollar su mercado. Por ello, debemos entender que la venta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas en Internet ha aumentado considerablemente en los últimos años, debido a que la red y el tráfico online ofrecen un mayor anonimato y discreción para los “cibertraficantes”, aprovechando la comunicación y comercialización de droga por todo el mundo y su remota impunidad. Así pues, las Nuevas Tecnologías se encuentran al servicio de un mercado de narcotraficantes que realizan transacciones de venta sin control, a través de más de 1.400 foros de intercambio de información sobre drogas y sustancias psicotrópicas, o páginas especializadas que se ofrecen como intermediarios en la comunicación entre comprador y vendedor, prácticamente imposibles de encontrar mediante un servicio de busqueda, como Google o Yahoo.
Estando castigadas las conductas típicas del delito contra la salud pública en el artículo 368 y siguientes del Código penal: “Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.”), cabe destacar qué ocurre cuando el medio utilizado para la venta y el tráfico de estupefacientes es Internet.
Pues bien, el artículo 369 recoge una serie de agravaciones de la conducta típica, siendo una de ellas entre dicho catálogo de circunstancias, la comisión del delito en “establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos”. El motivo de la agravación vendría dado por la protección y las facilidades que ofrecen este tipo de establecimientos para llevar a cabo el tráfico de drogas bajo la apariencia de una actividad de otra índole, así como por el mayor potencial de distribución. Entre otros requisitos para apreciar esta agravente, cabe preguntarnos si Internet puede ser considerado como un establecimiento abierto al público por los responsables o empleados de los mismos con el fin de facilitar o promover el tráfico de drogas. A pesar de la escasa o nula jurisprudencia sobre la consideración de Internet como un establecimiento abierto, debemos atendernos a que la venta de estupefacientes o sustancias psicotrópicas a través de la Red supone un aumento del riesgo para los potenciales consumidores y mayores benecificos para el vendedor, que si se realizara la venta a través de otro medio más minoritario, y ello, unido a la mayor dificultad para la persecución del delito, podría tenerse en cuenta para alegar el mayor perjuicio que dicha conducta puede producir contra la salud pública, pues la peligrosidad de la conducta promociona además el tráfico en el sentido del artículo 368 CP, anima la difusión de droga a terceros y se realiza por los responsables o empleados de los mismos.
Este blog es un espacio realizado por estudiantes de la Licenciatura en Criminología de la Universidad Autónoma de Tlaxcala con el propósito de exponer información relevante para la carrera y que le pueda interesar a otras personas, la información expuesta en este espacio es de carácter informativo y sin fines de lucro.
lunes, 3 de junio de 2013
domingo, 2 de junio de 2013
LA TECNOLOGÍA CONTRA LA DELINCUENCIA
Unos tipos entran a un casino, riegan gasolina y la prenden, salen del casino y se van, dejando decenas de personas quemándose dentro. Y una vez que se subieron a sus autos, se perdieron entre miles de otros autos circulando...
En Brasil están llevando a cabo iniciativas de poner a los carros unas tarjetas de identificación RFID (siglas en inglés de “identificador de radio frecuencia”), gracias a las cuales la policía brasileña podrá -cuando la iniciativa esté completa- rastrear cada auto cuando pasa por alguno de los múltiples lectores de RFID puestos bajo el pavimento.
No nos gusta, claro, ser vigilados todo el tiempo mientras circulamos por la ciudad. Nuestra necesidad de privacidad, combinada con una saludable desconfianza en el buen comportamiento de nuestro gobierno, hacen que se nos erice el cabello al pensar en que se implanten en México sistemas de vigilancia de alta tecnología.
Pero tampoco nos gusta que maten a nuestros conciudadanos, o hasta familiares y amigos, si nos toca más de cerca. La fuga de los criminales tras su fechoría en el casino en Monterrey se simplificó en ausencia de sistemas de vigilancia avanzados. No es posible tener policías en cada lugar donde podrían atacar los delincuentes, pues son muchos miles de lugares. Las autoridades, lo sabemos, están desbordadas por tanta violencia y delincuencia. Y hasta por delincuentes dentro de sus filas.
Nos guste o no, me parece que vamos a tener que amoldarnos a iniciativas como la de Brasil, de implantar tecnología avanzada de vigilancia, que nos hará perder nuestra privacidad a cambio de brindarnos seguridad.
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